Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995

LEY 31/95,  Prevención de Riesgos Laborales.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CAPÍTULO I Objeto, ámbito y definiciones

Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales

Artículo 2. Objeto y carácter de la norma

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Artículo 4. Definiciones

CAPÍTULO II Política en materia de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo

Artículo 5. Objetivos de la política

Artículo 6. Normas complementarias

Artículo 7. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral

Artículo 8. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Artículo 9. Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Artículo 10. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria

Artículo 11. Coordinación administrativa

Artículo 12. Participación de empresarios y trabajadores

Artículo 13. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

CAPÍTULO III Derechos y obligaciones

Artículo 14. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales

Artículo 15. Principios de la acción preventiva

Artículo 16. Evaluación de riesgos

Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección

Artículo 18. Información, consulta y participación

Artículo 19. Formación de los trabajadores

Artículo 20. Medidas de emergencia

Artículo 21. Riesgo grave e inminente

Artículo 22. Vigilancia de la salud

Artículo 23. Documentación

Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales

Artículo 25. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos

Artículo 26. Protección de la maternidad

Artículo 27. Protección de los menores

Artículo 28. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal

Artículo 29. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos 

CAPITULO IV Servicios de prevención

Artículo 30. Protección y prevención de riesgos profesionales 

Artículo 31. Servicios de prevención

Artículo 32. Actuación preventiva de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

CAPÍTULO V Consulta y participación de los trabajadores

Artículo 33 Consulta de los trabajadores

Artículo 34 Derechos de participación y representación

Artículo 35 Delegados de Prevención

Artículo 36 Competencias y facultades de los Delegados de Prevención

Artículo 37 Garantías y sigilo profesional de los Delegados de Prevención

Artículo 38 Comité de Seguridad y Salud

Artículo 39 Competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud

Artículo 40 Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

CAPÍTULO VI Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores

Artículo 41 Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores

CAPÍTULO VII Responsabilidades y sanciones

Artículo 42. Responsabilidades y su compatibilidad

Artículo 43. Requerimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Artículo 44. Paralización de trabajos

Artículo 45. Infracciones administrativas

Artículo 46. Infracciones leves

Artículo 47. Infracciones graves

Artículo 48. Infracciones muy graves

Artículo 49. Sanciones

Artículo 50. Reincidencia

Artículo 51. Prescripción de las infracciones

Artículo 52. Competencias sancionadoras

Artículo 53. Suspensión o cierre del centro de trabajo

Artículo 54. Limitaciones a la facultad de contratar con la Administración

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera: Definiciones a efectos de Seguridad Social

Disposición adicional segunda: Reordenación orgánica

Disposición adicional tercera: Carácter básico

Disposición adicional cuarta: Designación de Delegados de Prevención

Disposición adicional quinta: Fundación

Disposición adicional sexta: Constitución de la Comisión Nacional de Seguridad

Disposición adicional séptima: Cumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas

Disposición adicional octava: Planes de organización de actividades preventivas

Disposición adicional novena: Establecimientos militares

Disposición adicional décima: Sociedades cooperativas

Disposición adicional undécima: Modificación del Estatuto de los Trabajadores

Disposición adicional duodécima: Participación institucional en las Comunidades Autónomas

Disposición adicional decimotercera: Fondo de Prevención y Rehabilitación

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Disposición transitoria primera: Aplicación de disposiciones más favorables

Disposición transitoria segunda

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera. Actualización de sanciones

Disposición final segunda. Entrada en vigor

 

 

 

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Autor y Webmaster: Javier Pérez Soriano.

Profesor del I.E.S. Poetas Andaluces de Benalmádena (Málaga).

Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Formador de Formadores en Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales.

Auditor de Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos laborales.